Una de las obligaciones esenciales de las entidades sin ánimo de lucro es disponer de los seguros necesarios en función de su situación y actividad. Las más frecuentes son las siguientes: el seguro de responsabilidad civil y el seguro de voluntariado
Respecto al seguro de responsabilidad civil, tiene el objetivo de cubrir cualquier daño material o personal que pueda sufrir una tercera persona en el desarrollo de la actividad. Este seguro es importante para poder responder a una posible responsabilidad delante de terceras personas; por lo tanto, tiene que tener unas coberturas suficientes, en relación a los capitales asegurados, en función de la actividad concreta que realice la entidad.
En relación al seguro de voluntariado, se contrata para cubrir los accidentes que puedan sufrir los voluntarios y las voluntarias, así como la responsabilidad civil que puedan originar.
Otro seguro que se tiene que contemplar es el seguro del local, que cubre los siniestros que se puedan producir. Este tipo de seguro puede cubrir tanto el continente como el contenido del mismo.

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